¿Cuáles son las diferencias entre matrimonio y pareja de hecho?

Abogados Valencia: Sánchez Guardiola

Es cierto que ambas figuras se parecen pero cuentan con muchas diferencias entre ellas, por ejemplo: Régimen económico: no se aplica ni el régimen de gananciales ni separación de bienes Testamento: en función de la Comunidad Autónoma en la que residas, tu pareja será, o no, reconocida como sucesor. Fiscalidad: las parejas de hecho, a diferencia de los matrimonios, no podrán hacer de manera conjunta la declaración del IRPF. Pensión de viudedad: Mientras que en el matrimonio se reconoce que no importa el tiempo que lleve éste para recibir la pensión de viudedad, en las parejas de hecho es necesario al menos acreditar 5 años antes de la defunción que se convivía conjuntamente y haber registrado al menos desde hace 2 años que existía dicha pareja de hecho. Después de estas cuestiones, es mucho más sencillo entender cuáles son las diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho. En nuestro bufete de abogados trabajamos con ambas figuras para resolver todo tipo de dudas y cuestiones relacionadas con estos aspectos. ¿Podemos ayudarte? Contáctanos sin compromiso alguno.


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